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Justicia

La Manada, en libertad. Una decisión discutible pero legal

Mariano Ayuso Ruiz-Toledo | 29 de junio de 2018

Justicia

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La decisión de la Audiencia Provincial de Navarra de dejar a La Manada en libertad ha provocado una nueva oleada de protestas. La acción de la Justicia, aunque discutible, se enmarca dentro de la legalidad y de los límites de la prisión preventiva.

Se ha producido una gran agitación en la opinión pública por la decisión judicial de dejar a La Manada en libertad. Esto es, la decisión de la Audiencia Provincial de Navarra de dejar a los cinco acusados en libertad ha causado un alto impacto en los medios de comunicación y se han convocado varias manifestaciones y actos de repulsa.

¿Es desproporcionada esa reacción por poner a La Manada en libertad? Parece que no. La puesta en libertad a los dos años de la comisión de su repugnante delito (recordemos, un abuso sexual continuado por cinco varones sobre una chica, en la modalidad agravada de acceso carnal), cuando han sido condenados a nueve años de cárcel, produce un impacto muy negativo en la sensibilidad de la ciudadanía.

Tres de los miembros de #LaManada ya han salido de la cárcel. Cientos de miles de personas en toda España salimos a la calle. Exigimos una Justicia justa. Que no juzgue a la víctima, que entienda la violencia que sufrimos las mujeres. #YoSíTeCreo pic.twitter.com/fbflwkB4m1

— Laura Duarte (@lau_duart) June 22, 2018

Pero en un juicio de valor más objetivo, la decisión de dejar a La Manada en libertad debe ser contemplada en sus exactos términos. En primer lugar, el Auto de la Audiencia de Navarra no acuerda poner a La Manada en libertad, sino que prorroga la prisión preventiva hasta el máximo legal (cuatro años y seis meses, la mitad de la condena impuesta de nueve años de prisión), pero la hace eludible bajo fianza de seis mil euros y con una serie de restricciones (presentarse en el Juzgado los lunes, miércoles y viernes, no salir de España, no entrar en la Comunidad de Madrid).

Esto, obviamente, es en la práctica tanto como darles la libertad (bajo fianza), aunque en términos técnicos no es lo mismo, y tiene la repercusión práctica de que el incumplimiento de cualquier condición (por ejemplo, entrar en Madrid) conllevaría el inmediato ingreso en prisión. Además de esta precisión (que es importante), conviene hacer una breve explicación de por qué -ya que estaban en prisión- no permanecen en ella los nueve años de condena.

Lo primero, es que la sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Navarra no es firme, contra ella están interpuestos varios recursos, por las defensas y por las acusaciones, que podrían terminar con otra resolución distinta. Hasta que la sentencia no es firme no es ejecutable -por ello, por ejemplo, los condenados en el caso Nóos (los señores Urdangarín o Torres y demás) no han ingresado en prisión hasta que no resolvió el Tribunal Supremo- y si los acusados estaban en prisión, era con el carácter de preventivos.

Los ataques ante la sentencia de La Manada hacen que se resienta la independencia judicial

Es decir, que hasta que haya una sentencia firme, el ingreso y permanencia en prisión solo puede ser con el carácter de preventiva, para evitar el riesgo de fuga, la reiteración delictiva, en especial contra la víctima, o la ocultación o destrucción de pruebas. Pero esa situación de prisión preventiva es -como tiene dicho el Tribunal Constitucional- “una medida de naturaleza cautelar y excepcional, que en ningún caso puede transformarse en una pena privativa de libertad anticipada”. Por ello, tiene limitada su duración normalmente a dos años, que pueden prolongarse hasta la mitad de la pena impuesta, si hubiese sido condenado y la sentencia recurrida.

La Audiencia Provincial de Navarra ha estimado -por dos votos a favor y uno en contra, de los magistrados que formaban Sala- que debía prorrogar la prisión hasta los dos años y medio, pero siendo eludible la prisión mediante la prestación de fianza y unas medidas de aseguramiento de la no huida de los reos y de protección de la víctima (presentarse en el Juzgado tres días por semana, prohibición de entrar en la Comunidad de Madrid donde reside la víctima y de salir de España). Esto, al suponer que -si depositan la fianza, como así han hecho- quedaran los miembros de La Manada en libertad, ha generado una tempestad de la opinión publica.

Pero, sin embargo, el recurso sigue adelante, y en libertad o en prisión preventiva los miembros de La Manada cumplirán la pena que finalmente se les imponga. Obviamente, la decisión judicial es discutible -uno de los magistrados ha formulado voto particular en contra, por entender que no debía ser eludible la prisión preventiva mediante fianza- y si es recurrida podrá ser revocada, pero lo cierto es que es una decisión dentro de los límites de la legalidad.

Imagen de portada: Manifestación en Granada contra la decisión judicial que deja a La Manada en libertad | Agencia EFE
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