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Justicia

Rajoy declarará presencialmente como testigo en el caso Gürtel por “dejación del Gobierno”

Mariano Ayuso Ruiz-Toledo | 03 de junio de 2017

Justicia

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La Audiencia Nacional ha rechazado la petición de la oficina presidencial para que la declaración de Rajoy se realice por videoconferencia. El Gobierno ha hecho una dejación de sus potestades, ya que una decisión más enérgica de la Presidencia habría hecho que la Sala se plegase.

Sorprendentemente, ha sido noticia de portada el que Mariano Rajoy, a la sazón presidente del Gobierno de España, tenga que comparecer para declarar en la Audiencia Nacional en la causa penal que se sigue contra varios acusados en el llamado caso “Gürtel”.

La sorpresa viene de que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado la petición de la oficina presidencial de que se le recibiera declaración al presidente por videoconferencia. Y la razón del rechazo a esta petición es que Mariano Rajoy no está citado como testigo en su calidad de presidente del Gobierno, sino como ciudadano particular, ya que, como dirigente del Partido Popular y director de campañas electorales de este, tuvo -en el tiempo al que se refiere el proceso penal en cuestión- conocimiento de primera mano de los hechos enjuiciados.

Tampoco admite el que comparecer suponga dificultades de desplazamiento o seguridad, pues es un hecho notorio que las condiciones de seguridad de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional son excepcionales, el Sr. Rajoy acude a actos multitudinarios en España y fuera de ella, así como que la declaración es un local a escasos kilómetros de su residencia oficial.

La declaración de Rajoy es obligatoria

gürtelLa acusación popular ha conseguido que el tribunal del caso Gürtel cite a declarar como testigo al presidente del Gobierno, en contra del criterio de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado.

La verdad es que con la Ley de Enjuiciamiento Criminal en la mano, el presidente del Gobierno sí está obligado a declarar (solo están exentos el Rey, la Reina, sus consortes, el Príncipe heredero, los Regentes y los agentes diplomáticos), pero no a comparecer para ello ante el órgano jurisdiccional competente, previendo la ley literalmente (artículos 412 y 413 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal) que, si los hechos sobre los que está obligado a declarar los conoce por razón de su cargo, puede declarar por escrito, y si no son concernientes al ejercicio de su cargo, puede declarar en su domicilio o en su despacho oficial.

Si la Presidencia del Gobierno hubiera adoptado una decisión más enérgica y hubiera exigido que la declaración le fuera tomada en su despacho oficial, la Sala hubiera tenido que plegarse.

Es decir, que el auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que rechaza la declaración por videoconferencia de Mariano Rajoy -por las razones señaladas en la solicitud que la oficina de la Presidencia del Gobierno cursó al presidente de la Audiencia Nacional- está dentro de las competencias de la Sala pues, si no le parecen suficientes las razones para una declaración por videoconferencia al amparo del artículo 325 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, puede denegar esta naturalmente. Pero si la Presidencia del Gobierno hubiera adoptado una decisión más enérgica y hubiera exigido que la declaración le fuera tomada en su despacho oficial, al amparo del artículo 412.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la Sala hubiera tenido que plegarse.

Incluso si la prueba testifical fuera en la fase de juicio oral -donde no tiene mucho sentido el que la declaración del presidente del Gobierno se realice en su despacho oficial-, el artículo 703, párrafo segundo, establece que su declaración se hará “de manera que no perturbe el adecuado ejercicio de su cargo”.

La razón de la decisión del Gobierno

Una vez más, el Gobierno ha hecho, en este caso, una dejación de sus potestades -lo más seguro, llevado por un “complejo de culpabilidad” de no querer aparentar que se ampara en los denostados “privilegios de casta” (cuando no son sino previsiones legales inveteradas de salvaguarda de la alta función de gobernar)- y, en vez de invocar sus derechos legales, ha preferido acudir a una “puerta lateral”.

Esperemos que en las grandes decisiones y retos que pueden plantearse en el futuro se actúe con todas las posibilidades que otorga la Constitución y la Ley, sin complejos.

La resolución de la Audiencia Nacional sobre la declaración de Rajoy


Pincha aquí para conocer el auto de citación de Mariano Rajoy.
Pincha aquí para acceder al voto particular del presidente del tribunal.
Imagen de portada: Mariano Rajoy, presidente del Gobierno, durante una intervención en el Congreso de los Diputados | Congreso.es
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