Newsletter

El Debate de hoy

Hay jinetes de luz en la hora oscura

  • Portada
  • Política
  • Internacional
  • Economía
  • Educación
  • Sociedad
  • Familia
  • Cultura
  • Historia
  • Ciencia
  • Tecnología
  • Enfoques
  • El Astrolabio
  • Entrevistas
  • Pódcast
  • Viñetas
  • Especiales
  • Especial Villacisneros
J
Justicia

El rechazo belga de la euroorden revela falta de conocimiento y de cooperación internacional

Mariano Ayuso Ruiz-Toledo | 22 de mayo de 2018

Justicia

«Habeas corpus» no es abracadabra Juicio del «procés», una vista oral transparente y equilibrada Testamento digital, un avance en la protección de datos Prisión permanente revisable: la sociedad tiene derecho a protegerse Impuesto sobre las hipotecas. La Justicia pierde crédito Las tarjetas ‘black’: fin a uno de los episodios más bochornosos de la política española

El rechazo por la Justicia belga de la euroorden de detención contra tres exconsejeros catalanes (huidos de la Justicia española) se funda en una cuestión formal y no implica impunidad. Es poco probable que el Tribunal Supremo se pliegue al criterio belga.

La decisión de la Cámara del Consejo de Bruselas (órgano judicial competente en la capital belga) de rechazar, por indicación de la Fiscalía belga, la euroorden de detención cursada contra tres exconsejeros de la Generalitat de Cataluña ha generado un profundo malestar en el Tribunal Supremo de España.

La denegación no se ha fundado en razones de fondo, sino en una cuestión formal: la euroorden de detención no ha sido precedida de una orden de detención nacional (una orden de detención cursada por el Tribunal Supremo a las autoridades internas españolas), como lo exige la Decisión Marco del Consejo de la Unión Europea de 13 de junio de 2002, aunque el artículo 8.1 de esta habla de orden de detención o cualquier otra resolución judicial ejecutiva que tenga la misma fuerza legal.

El magistrado instructor del caso en el Tribunal Supremo español, el conocido habitualmente en los medios de comunicación como el juez  Pablo Llarena, magistrado de la Sala Segunda del Supremo, entendió –y así lo expuso-, ante las reticencias de la Fiscalía belga, que el auto de procesamiento de los tres exconsejeros acordando su prisión equivalía, a los efectos de la decisión marco europea, a una orden de detención nacional y que, en cualquier caso, preexistía una orden de detención nacional emitida hace unos meses por la Audiencia Nacional.

La estrategia de la confrontación en Cataluña . Urgen reformas y un Gobierno para pilotarlas

No obstante esta explicación del Tribunal Supremo español, la Fiscalía belga ha entendido –y la Cámara del Consejo de Bruselas en su seguimiento- que el auto de procesamiento no equivale a la orden de detención y que la orden de detención del año pasado de la Audiencia Nacional –la cursada por la magistrada Carmen Lamela– no tiene ese efecto por no referirse a los mismos delitos.

De momento no hay extradición para los tres exconsejeros

El caso es que ahora los tres exconsejeros prófugos en Bruselas –Toni Comín, Meritxell Serret y Lluís Puig– no van a ser por el momento extraditados, ya que la Fiscalía belga, que es la legitimada para recurrir la decisión denegatoria, no va a recurrir, y el Tribunal Supremo español se encuentra en la complicada tesitura de mantener así la situación o, ajustándose al criterio de la Fiscalía y el tribunal belgas, dictar una orden de detención nacional y una nueva y subsiguiente orden europea de detención.

Ni un paso atrás . Torra da al independentismo vía libre en la autopista de la radicalidad

Es poco probable que el máximo intérprete de la legislación española -el Tribunal Supremo- se pliegue, en su interpretación del alcance y eficacia del auto de procesamiento en nuestro ordenamiento español, al criterio de la Fiscalía belga y la Cámara de Consejo de Bruselas, las cuales han evidenciado un significativo desconocimiento del sistema procesal español y bastante poca sensibilidad en la cooperación judicial entre los miembros de la Unión. Como término de comparación, nos basta el tratamiento de la euroorden en el Tribunal Regional alemán de Schleswig-Holstein, en el que no se cuestionó la debatida equivalencia entre el auto de procesamiento y la orden de detención, aunque esté pendiente de resolverse por cuestiones de fondo.

En cualquier caso, la no entrega por Bélgica de los exconsejeros no implica su impunidad, sino tan solo su permanencia en Bélgica hasta que decidan entregarse a las autoridades españolas para ser juzgados.

Imagen de portada: Los exconsejeros de la Generalitat de Cataluña Meritxell Serret y Antoni Comin (R), a su salida de los tribunales en Bruselas | Agencia EFE
más
Justicia

Juicio del «procés», una vista oral transparente y equilibrada

Mariano Ayuso Ruiz-Toledo

Justicia

Testamento digital, un avance en la protección de datos Prisión permanente revisable: la sociedad tiene derecho a protegerse Impuesto sobre las hipotecas. La Justicia pierde crédito Las tarjetas ‘black’: fin a uno de los episodios más bochornosos de la política española «Por una Ley Justa». Endurecer las penas para frenar las muertes ciclistas

El Debate de hoy

  • Quiénes somos
  • cookies
  • aviso legal
  • política privacidad rrss
  • suscríbete
© 2021 El Debate de Hoy
El sitio web utiliza cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar su visita a sus páginas web. No se utilizarán las cookies para recoger información de carácter personal. Si continúas navegando consideramos que aceptas su uso.
Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.