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La juez Lamela investiga los pasos de Trapero y los Jordis en su hoja de ruta independentista

Fernando Rayón | 25 de octubre de 2017

Nacional

Y Torra cogió su fusil… amarillo La inevitable refundación del centro-derecha La manifestación independentista o la demostración de la locura separatista El interrogatorio a Trapero evidencia el delito de sedición Cuando Trump encontró a Kim… y no pasó (casi) nada Franco enterrará a Sánchez: la inhumación en El Pardo es el enésimo engaño

La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela investiga los documentos que vinculan a Josep Lluís Trapero, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart con la estrategia para la ruptura de Cataluña con España. La magistrada ha solicitado el listado de las llamadas y mensajes de texto intercambiados por los acusados entre el 15 de septiembre y el 2 de octubre.

En un auto de apenas 15 folios, la juez Carmen Lamela argumentó la prisión incondicional para Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, dirigentes de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural, respectivamente. Según este, los dos fueron los principales responsables de la convocatoria del cerco del 20 de septiembre a la comitiva judicial que registraba la Consejería de Economía de la Generalitat. También aclara la juez que ese llamamiento no fue pacífico, sino que pretendía impedir que los funcionarios llevaran a cabo el registro y cumplieran, así, las órdenes judiciales. Por todo ello, Lamela –que  considera “muy graves” estos delitos- pidió para ellos prisión provisional e incondicional por delito de sedición.

La #opinion de Justino Sinova sobre la orden de prisión para los #jordis. #Cataluña #Independencia #dbhttps://t.co/oQErPi3OFg pic.twitter.com/fwuASS56Ub

— El Debate de Hoy (@eldebatedehoy) October 18, 2017

Los argumentos estaban muy razonados. Sostenía que aquellos actos contra las fuerzas y cuerpos de seguridad “no constituyeron una protesta ciudadana aislada”, sino que “se enmarcan dentro de una compleja estrategia” con la que Cuixart y Sánchez “vienen colaborando hace tiempo”, en ejecución “de la hoja de ruta diseñada para llegar a obtener la independencia de Cataluña”.

La sentencia recoge también cómo los dos líderes independentistas habían utilizado las redes sociales y grupos de difusión de la ANC y Òmnium para movilizar a los ciudadanos contra las órdenes judiciales. En el texto se menciona la web cridademocratica.cat y los canales de Whatsapp, donde, desde el 28 de agosto, “se recibieron numerosas alertas que invitaban a la movilización”.

Daños cifrados en 135.600 euros

Es pertinente recordar que el ingreso en prisión de Cuixart y Sánchez se produjo después de que el primero se acogiera a su derecho a no declarar y el segundo se limitara a contestar a las preguntas de su abogado, Jordi Pina, que trató de hacer hincapié en que todas las movilizaciones lideradas por su cliente tuvieron un carácter pacífico. Pero de poco sirvieron sus argumentos. La magistrada había hecho acopio de todas las informaciones, grabaciones y documentación que los responsabilizaba de ser los “principales promotores y directores de las protestas del 20 y 21 de septiembre”. Hay que recordar que este último día, más de 40.000 personas, convocadas por ANC y Òmnium, se agolparon ante la Consejería de Economía de la Generalitat para protestar por las detenciones de 11 altos cargos que supuestamente se encargaban de la logística del referéndum ilegal. Los altercados dificultaron, aunque no impidieron, la labor de la comisión judicial; y la secretaria del Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona tuvo que salir de la Consejería de Economía de la Generalitat por una azotea y mezclarse posteriormente con la gente que salía de un teatro vecino: mientras, los pacíficos manifestantes destrozaban tres todoterrenos de la Guardia Civil, causando unos daños cifrados en 135.600 euros.

Según la juez, Cuixart y Sánchez llevaron, además, la iniciativa en una “pretendida negociación” con la Guardia Civil e “impartieron órdenes” a los manifestantes en todo momento, y recoge que aquellos sucesos “se enmarcan dentro de una compleja estrategia” con la que Cuixart y Sánchez vienen colaborando hace tiempo, “en ejecución de la hoja de ruta diseñada para llegar a obtener la independencia de Cataluña”. Recordemos a este respecto que el Código Penal castiga con penas de hasta 15 años a quienes “se alcen pública y tumultuariamente” para “impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes”, o para “impedir a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales”.

Miguel A. Gozalo analiza la figura de #Trapero y su papel en el #Referendum del #1Oct. @mossos #dbhttps://t.co/g8HOkATj0Z

— El Debate de Hoy (@eldebatedehoy) September 28, 2017

El mismo cuidado de la magistrada en la elaboración de su auto se deja también notar en los argumentos con que rechazó la petición de la Fiscalía de mandar a la cárcel al mayor de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluís Trapero. Los argumentos del fiscal de la Audiencia Nacional Miguel Ángel Carballo tampoco eran infundados. Consideraba que, de seguir al frente de los 17.000 agentes de la Policía catalana, podría seguir impidiendo el cumplimiento de la ley y de las resoluciones judiciales dictadas contra la secesión de Cataluña. Pero Lamela pensó que las pruebas más contundentes contra él estaban en otro sumario y prefirió esperar. Decretó libertad provisional sin fianza para Trapero y para la intendente Teresa Laplana, responsable de los Mossos en el distrito barcelonés del Eixample, donde está situada la Consejería de Economía, y les impuso varias medidas cautelares: prohibición de salir de España, retirada del pasaporte, comparecencias quincenales en el juzgado más próximo a su domicilio y obligación de fijar un número de teléfono y un domicilio e indicar el nombre de una persona que lo pueda localizar inmediatamente si son requeridos.

Conversaciones clave entre el 15 de septiembre y el 2 de octubre

Pero Lamela tampoco ignoró los argumentos de la Fiscalía, como se ha dicho. Reconoce la magistrada que existen documentos que vinculan a Trapero con la estrategia para la ruptura de Cataluña con España, como el que se encuentra en el EnfoCAT, hallado en el domicilio de Josep Maria Jové, número dos de Oriol Junqueras; o en la pasividad, aún pendiente por investigar, de los Mossos en la jornada del referéndum. El atestado de la Guardia Civil habla, además, de “actividad de contravigilancia” de los Mossos para proteger a determinadas personas frente a actuaciones de la Policía Nacional y la Guardia Civil. A pesar de todo esto, la juez piensa que la actuación de Trapero “no aparece todavía suficientemente perfilada”, todo ello “sin perjuicio de lo que pueda determinarse en una fase más avanzada de la investigación”. Recuerda Lamela que “lo único que está siendo objeto de investigación hasta el momento son los hechos denunciados por el ministerio fiscal”, los días 20 y 21 de septiembre. Los hechos del 1 de octubre “no han sido objeto de ampliación” de denuncia por parte de la Fiscalía de la Audiencia.

En este sentido, habría que situar el informe que Carmen Lamela pidió el pasado 20 de octubre a la Guardia Civil sobre las llamadas telefónicas entre Trapero, Sánchez y Cuixart. Pide la juez que se identifiquen los números de teléfono de los cuatro investigados y que se solicite a las compañías telefónicas el listado de llamadas y de mensajes de texto emitidos entre el 15 de septiembre y 2 de octubre. Además, la magistrada también ha solicitado información a varias entidades financieras sobre los movimientos bancarios y cuentas de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural. Una juez llamada Lamela acaba de empezar su trabajo.

 
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