Hay jinetes de luz en la hora oscura
Mariano Ayuso Ruiz-Toledo | 05 de octubre de 2017
La jornada del pasado 1 de octubre ha sido, quizás, la más convulsa en la actualidad española, obviamente descontadas las tristes jornadas de atentados terroristas, desde los hechos que dieron lugar a la Guerra Civil y el desencadenamiento de esta. delitos
Lo peor y más complicado del 1 de octubre -lo que define su singularidad y hace de esa jornada algo políticamente (no humanamente) más grave que los zarpazos terroristas- es que coinciden el desorden público, la desobediencia civil generalizada y puntuales enfrentamientos con la Policía y la Guardia Civil, con la complicidad, cuando no inducción y provocación, de las máximas autoridades autonómicas y de las fuerzas de seguridad autonómicas bajo su mando.
En las tremendas crisis del, afortunadamente apaciguado, conflicto vasco-navarro nunca dejaron el Gobierno vasco o navarro, y las fuerzas de seguridad autonómicas, de cumplir con sus competencias legales y constitucionales. Pudo haber -y sigue habiendo- curiosos y cuestionables acuerdos parlamentarios en pro de los presos terroristas, subvenciones a las familias de estos y negativas al homenaje a las víctimas del terrorismo, pero las decisiones institucionales se mantuvieron dentro de la legalidad y del respeto a la Constitución y, cuando el Tribunal Constitucional tuvo que anular actos autonómicos o imponer su autoridad para reconducir la situación a la legalidad constitucional, fue obedecido normalmente.
Acoso a policías y guardias civiles en sus hoteles y comisarías en Cataluña https://t.co/4Vqz8Fi6T8 pic.twitter.com/SXOyFgUNRT
— Telecinco (@telecincoes) October 3, 2017
Ahora, en el proceso independentista que ha llevado al 1 de octubre lo peligroso y preocupante es que ha sido organizado desde arriba -autonómicamente hablando-, empujado y alentado desde el Parlamento catalán y con la decisión y organización del Gobierno catalán.
Mi artículo sobre #Cataluña. Dañada la imagen internacional de #España. Populismo mediático que desinforma. https://t.co/uS3lYaWEAO
— Ainhoa Uribe Otalora (@AinhoaUribeO) October 3, 2017
El Gobierno y el Parlamento catalanes son los auspiciadores y promotores de todos los actos ilegales relativos al intento frustrado de llevar a término un referéndum ilegal (contrario a la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, de regulación de las distintas modalidades de referéndum) e inconstitucional (contrario a numerosos preceptos de la Constitución Española, empezando por el artículo 2: “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”), que había sido anulado y prohibida su celebración por el Tribunal Constitucional, quien apercibió personalmente de no organizar ni participar en el referéndum al presidente regional, el señor Puigdemont, a sesenta y dos altos cargos de la Generalidad catalana y a novecientos cuarenta y ocho alcaldes, a los responsables de las fuerzas policiales regionales autonómicas catalanes (los llamados por ellos mismos, no se vea aquí ningún ánimo peyorativo, “Mozos de escuadra”) y a otros mandos intermedios.
Es notorio que el Gobierno y el Parlamento catalanes -y muchos alcaldes y mandos intermedios- no solo hicieron caso omiso de las prohibiciones, mandatos y apercibimientos del Tribunal Constitucional, sino que incluso ahondaron en la desobediencia, aprobando y dictando disposiciones para llevar a cabo el referéndum, organizando este y, comoquiera que la Fiscalía y los Jueces y Tribunales intentaran hacer cumplir las decisiones del Tribunal Constitucional y fueran desarticulando la organización del referéndum, han ido cambiando la organización del mismo para frustrar los mandatos judiciales.
"No nos confundamos: #Cataluña es un pueblo y #España, un Estado". La #reflexion de @ladeveze3 #referendum #dbhttps://t.co/oOq2si7jDO
— El Debate de Hoy (@eldebatedehoy) October 2, 2017
El resultado final es que el que ha estado en los medios de comunicación: votación sin ninguna garantía, pero llevada a efecto con actos de pública exaltación de la desobediencia por los máximos responsables autonómicos y algunas algaradas callejeras, tímidamente sofocadas por Policía y Guardia Civil. Los “Mozos de escuadra”, afortunadamente, se abstuvieron de disolver a los revoltosos -cuando no colaboraron con ellos-, lo cual no ha dejado de ser un alivio, pues la contundencia de los policías autonómicos se ha hecho proverbial (por ejemplo, en la famosa disolución de la sentada de “los indignados” en la plaza de Cataluña de Barcelona en 2011, cuando las manifestaciones del movimiento 15-M) y hubiera victimizado más todavía a los alborotadores del movimiento “votarem”.
¿Calificación jurídica de estos hechos? Es obvia, comoquiera que el Gobierno del Estado ha buscado la llamada vía del Estado de Derecho -lo cual le ha costado severas críticas-, sin recurrir a las herramientas legales más duras -aplicación del artículo 155 de la Constitución, declaración del estado de alarma, invocación expresa de la Ley de Seguridad Nacional (aunque se ha aplicado de hecho, y de derecho, al establecer determinados mecanismos de coordinación)- y ha dejado que fueran los Jueces y Tribunales, con el auxilio del Ministerio Fiscal, los que aplicaran los resortes legales para hacer cumplir la Constitución, las leyes y las decisiones del Tribunal Constitucional: en los escalones más altos de toma de decisiones del Gobierno y el Parlamento catalán hay indicios severos de presuntos delitos de sedición, desobediencia a las resoluciones judiciales, prevaricación, malversación y diversas inducciones y provocaciones para delinquir; en los mandos intermedios, se habrá incurrido, probablemente, en desobediencia y denegación de auxilio a Jueces y Tribunales, desobediencia a los mandos impuestos por decisión judicial y, quizás, complicidad o cooperación en la sedición; finalmente, para los participantes en las algaradas y en las mesas y colegios electorales puede haber un extenso catálogo de desórdenes públicos, resistencia y desobediencia -atentado incluso- a los agentes de la autoridad, sin olvidar los delitos previstos en la legislación electoral en la instancia respectiva.
Detenidas al menos a seis personas por delitos de resistencia, desobediencia y atentado a agentes de la autoridad https://t.co/itOdZph3jB
— El Independiente (@indpcom) October 1, 2017
En fin, estas cuestiones deberán ser depuradas judicialmente en los próximos meses, sin que pueda ahora prejuzgarse -ni mediatizar siquiera- la calificación que los Jueces y Fiscales competentes realicen sobre los hechos acreditados.
En el terreno prospectivo político -desde una óptica jurídica-, sí que se puede dar legítimamente una opinión y la mía es que el Estado de Derecho debe prevalecer en todo caso y seguir, en este sentido, el camino emprendido por el Gobierno y el Estado en su conjunto, no impidiendo sino colaborando con la depuración de las responsabilidades penales, y la flexibilidad, en orden a su exigencia que pudiera aconsejar una actitud pacificadora, utilizarla en sus términos legales y conceder -si es decisión del Gobierno en el marco de una negociación pacificadora- los necesarios o convenientes indultos, sin perjuicio de -en el seno de los procesos- instruir desde el Ministerio de Justicia al Fiscal General para la adopción de criterios “benignos” a la hora de las peticiones de pena y los sobreseimientos.